La Ley de Contrato de Trabajo establece que:
La cantidad de días de vacaciones depende de la antigüedad al 31 de diciembre.
Cuando el trabajador no alcanza el tiempo mínimo requerido, corresponde aplicar un esquema proporcional.
Si al 31 de diciembre no reúne la antigüedad necesaria para acceder al período completo, se aplica la regla de proporcionalidad prevista por la ley.
En particular, la normativa dispone que, cuando el trabajador no alcanza los 6 meses de antigüedad al 31 de diciembre, corresponde otorgar 1 día de vacaciones por cada 20 días trabajados.
El cálculo proporcional depende de la fecha de ingreso y del tiempo trabajado hasta el 31 de diciembre.
Existen tres escenarios principales:
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Para activar “Días proporcionales para nuevos ingresos”, sigue los siguientes pasos:
- Ingresa a admin.humand.co.
- Accede al módulo de Vacaciones y permisos y crea o edita la política.
- Ingresa a la sección Aumento de prestación Ajustes especiales.
Allí encontrarás la opción “Días proporcionales para nuevos ingresos”, que debe estar activada para que el sistema realice automáticamente el cálculo proporcional.
Para poder activar la funcionalidad “Días proporcionales para nuevos ingresos”, la política debe estar configurada obligatoriamente como: Frecuencia anual, Momento de acumulación: Inicio de ciclo y Período de actividad: Oct–Sep. Si la política no cumple con esta configuración, no será posible encender esta opción.
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Si el colaborador ingresa entre el 1° de enero y el 30 de junio, al 31/12 ya cuenta con más de 6 meses trabajados.
En consecuencia, el 1° de octubre se asignan los 14 días base que indica la ley argentina (tramo inicial).
- No se asignan días al momento del ingreso.
- El 1° de octubre se acreditan los 14 días completos.
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Si el colaborador ingresa entre el 1° de julio y el 30 de septiembre, al 31/12 no alcanza los 6 meses trabajados.
En consecuencia, el 1° de octubre se asignan días proporcionales, calculados desde la fecha de contratación hasta el 31/12.
Para el cálculo proporcional:
- Se contabilizan únicamente días hábiles (lunes a viernes).
- No se contabilizan sábados ni domingos.
- Los feriados no modifican el conteo: cada semana siempre suma 5 días.
- Se aplica la regla legal: 1 día de vacaciones cada 20 días hábiles trabajados.
Ejemplo concreto
Ingreso: 5 de julio de 2025.
Días hábiles desde el ingreso hasta el 31/12/2025: 128.
128 ÷ 20 = 6,4 → el 1° de octubre se asignan 7 días (proporcional). -
Si el colaborador ingresa entre el 1° de octubre y el 31 de diciembre, se asignan días proporcionales al momento del ingreso, calculados desde la fecha de contratación hasta el 31/12.
Para el cálculo proporcional:
- Se contabilizan únicamente días hábiles (lunes a viernes).
- No se contabilizan sábados ni domingos.
- Los feriados no modifican el conteo: cada semana siempre suma 5 días.
- Se aplica la regla legal: 1 día de vacaciones cada 20 días hábiles trabajados.
Ejemplo concreto
Ingreso: 5 de noviembre de 2025.
Días hábiles desde el ingreso hasta el 31/12/2025: 41.
41 ÷ 20 = 2,05 → se asignan 3 días (proporcional) al momento del ingreso.
De esta manera, el sistema garantiza que los nuevos ingresos reciban la cantidad de días que corresponde cuando no se cumplen los requisitos mínimos de antigüedad al 31 de diciembre.